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    Riesgos y normativas sobre la fumigación de cargas durante el transporte marítimo

    来源:www.mundomaritimo.cl    编辑:编辑部    发布:2025/10/15 13:45:58

    La fumigación de cargas en las bodegas de los buques es una práctica común para evitar infestaciones y asegurar la conservación de los productos transportados. El fosfuro de aluminio, que libera gas fosfina al contacto con la humedad, es uno de los pesticidas más utilizados para este propósito. Sin embargo, un reportaje de Gard indica que este gas representa un riesgo significativo para la salud humana y puede resultar inflamable o explosivo en concentraciones superiores al 1,8% en volumen.

    De acuerdo con la firma Brookes Bell, las explosiones relacionadas con la fumigación suelen ocurrir entre 8 y 24 horas después del cierre de las escotillas, debido al aumento de la concentración de fosfina en las primeras etapas del proceso. A pesar de estos riesgos, la fumigación en tránsito es preferida por algunos actores para reducir tiempos en puerto.

    Accidentes e impacto en la tripulación

    Diversos incidentes marítimos han sido vinculados a la fumigación durante la navegación, muchos de ellos con consecuencias fatales. Según datos de InterManager, alrededor del 6% de las muertes en espacios cerrados a bordo desde 1996 ocurrieron en áreas de alojamiento, principalmente por la filtración de gases fumigantes.

    Un análisis conjunto publicado en julio de 2025 por Estados de Abanderamiento y asociaciones del sector identificó al menos 46 fallecimientos de tripulantes y trabajadores portuarios desde 2008 relacionados con la fumigación de bodegas de buques. El estudio determinó que la causa principal de estas muertes fue la exposición a gases tóxicos.

    Las investigaciones han identificado causas recurrentes, entre ellas: deficiencias en las inspecciones previas y posteriores a la fumigación, falta de control sobre la ventilación, monitoreo ineficiente de gases, desconocimiento de los síntomas de intoxicación por fosfina y entradas inseguras a bodegas fumigadas sin pruebas atmosféricas previas ni equipos de respiración.

    Normativa y directrices internacionales

    Las operaciones de fumigación a bordo están reguladas por el Convenio SOLAS (norma VI/4), que remite a la circular MSC.1/Circ.1264 de la Organización Marítima Internacional (OMI) para la aplicación de buenas prácticas. Aunque SOLAS no hace obligatorio su cumplimiento, el Código IMSBC sí exige la aplicación de esta circular cuando la fumigación se realiza durante el tránsito.

    La circular establece que la fumigación debe ser ejecutada únicamente por personal calificado, designado como fumigador responsable, y no por la tripulación. Además, recomienda realizar el proceso en puerto, con la tripulación desembarcada, y sólo llevarlo a cabo en navegación cuando sea estrictamente necesario y bajo la aprobación del capitán.

    En junio de 2025, el Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la OMI aprobó actualizaciones a la circular MSC.1/Circ.1264, incluyendo una recomendación para usar cápsulas protectoras en las tabletas de fosfina con el fin de reducir riesgos posteriores a la fumigación. También se adoptaron nuevas normativas sobre el ingreso a espacios cerrados (Resolución MSC.581(110)) que refuerzan la atención sobre los peligros atmosféricos derivados de las cargas a granel.

    En septiembre de 2025, el Subcomité de Transporte de Cargas y Contenedores (CCC) acordó elaborar nuevas propuestas sobre el uso seguro de pesticidas y prácticas de fumigación, abarcando temas como detección continua de gases, formación de la tripulación y medidas preventivas frente a incendios y explosiones.